Cancela tus deudas legalmente y empieza de cero
La Ley 25/2015 (reformada por la Ley 16/2022) permite a personas físicas —particulares y autónomos— obtener la exoneración de sus deudas. Te acompañamos de principio a fin para que recuperes tu estabilidad económica.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
Es un mecanismo legal que permite cancelar total o parcialmente las deudas de personas físicas cuando se acredita una situación de insolvencia y se actúa de buena fe. Nuestro equipo analiza tu caso y te guía para solicitar el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho).
- ✔Base legal: Ley 25/2015 · Ley 16/2022
- ✔Protección inmediata: paralización de embargos y ejecuciones
- ✔Amplio alcance: préstamos, tarjetas, microcréditos y más
- ✔Salida realista: plan de pagos o exoneración definitiva
Beneficios para ti
Desde la primera llamada trabajamos para frenar la presión y construir tu nuevo comienzo.
Paralización de embargos
Detenemos ejecuciones y llamadas de acreedores.
Negociación con acreedores
Bancos, financieras, Hacienda y Seguridad Social.
Hasta 100% exonerable
Solicitamos resolución judicial de cancelación.
Fuera de ficheros
ASNEF, RAI y similares, según el caso.
Ruta clara
Plan paso a paso con hitos y plazos.
Tranquilidad
Recupera el control de tu vida económica.
Requisitos principales
Te guiamos desde la primera consulta para comprobar si cumples las condiciones legales.
- ✔Ser persona física (particular o autónomo)
- ✔Insolvencia real o inminente
- ✔No condenas por delitos económicos o contra la Hacienda Pública en 10 años
- ✔Buena fe: colaborar y no ocultar bienes
- ✔No haber obtenido exoneración en los 5 años anteriores
*En la primera consulta valoramos la viabilidad de tu caso con total transparencia.
Procedimiento paso a paso
1. Análisis del caso
Estudio de deudas, ingresos y patrimonio. Viabilidad real.
2. Concurso de acreedores
Presentación judicial y acreditación de insolvencia.
3. Negociación / Liquidación
Plan de pagos o liquidación con transparencia.
4. Exoneración (BEPI)
Cancelación definitiva de deudas no satisfechas.
¿A quién nos dirigimos?
Ayudamos a personas físicas que necesitan una segunda oportunidad real.
Particulares
Con préstamos, tarjetas o alquileres impagados.
Autónomos
Con deudas con proveedores, Hacienda o Seguridad Social.
Pequeños empresarios
Cese de actividad con obligaciones pendientes.
Desempleados
Sin capacidad real para atender compromisos.
¿Por qué elegir Piñero Robledillo Abogados?
Especialistas en concursal
Experiencia contrastada en insolvencias de persona física.
Gestión integral
Documentación, negociación y defensa de principio a fin.
Comunicación clara
Sin tecnicismos y con seguimiento proactivo.
Honorarios flexibles
Adaptados a tu situación con transparencia.
Foco en resultados
Estrategia orientada a la exoneración y tu tranquilidad.
Trato cercano
Acompañamiento humano en todas las fases.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda el procedimiento?
Depende del juzgado y de la complejidad del caso. Damos una estimación inicial y actualizamos cada hito.
¿Perderé mi vivienda?
Se analiza caso a caso. Existen opciones para proteger la vivienda habitual si se cumplen requisitos.
¿Afecta a mi trabajo como autónomo?
Buscamos la vía que te permita continuar con tu actividad y reorganizar tu deuda.
¿Se cancelan las deudas públicas?
Una parte puede exonerarse según ley y límites vigentes; explicamos el alcance real en tu caso.
Empecemos hoy tu segunda oportunidad
Reserva una consulta y te diremos con claridad si tu caso cumple los requisitos para solicitar el BEPI.
📞 671 548 441 · ✉️ despacho@pinerorobledilloabogados.es