Expulsión de extranjero y cumplimiento previo de pena: criterio del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo confirma que, en delitos graves como la agresión sexual, puede imponerse el cumplimiento previo de hasta dos tercios de la pena antes de la expulsión del extranjero, conforme al artículo 89 del Código Penal.
El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa

El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa 1 de septiembre de 2025 El Tribunal Supremo (STS 476/2025, de 27 de mayo de 2025) ha resuelto un caso de lesiones en el que el acusado alegaba haber actuado en legítima defensa. La sentencia es de gran interés porque aclara hasta dónde puede llegar la reacción defensiva sin incurrir en exceso. El caso concreto En primer lugar, el acusado fue condenado por un delito de lesiones tras una pelea, alegando que había sido la víctima quien inició la agresión. Sin embargo, la Audiencia Provincial no aceptó esta versión y confirmó la condena. A raíz de ello, el asunto llegó al Tribunal Supremo, que analizó nuevamente la valoración de los hechos. Los requisitos de la legítima defensa El Supremo recordó que la legítima defensa solo puede apreciarse cuando concurren tres requisitos básicos: Agresión ilegítima: debe existir un ataque real, actual y contrario a Derecho. Necesidad de la defensa: la respuesta tiene que ser indispensable para frenar o impedir la agresión. Proporcionalidad: la reacción debe ser equilibrada con respecto al ataque recibido. En este caso, aunque se acreditó la existencia de una agresión inicial (primer requisito), el Tribunal Supremo determinó que la reacción del acusado fue desproporcionada, superando lo necesario para repeler la agresión. Eximente completa o incompleta: la clave está en la proporcionalidad Como consecuencia, el Alto Tribunal no admitió la eximente completa, pero sí reconoció la existencia de una eximente incompleta de legítima defensa, lo que conlleva una reducción de la condena impuesta. Relevancia de la sentencia del Tribunal Supremo En conclusión, esta resolución aporta mayor claridad sobre cómo debe aplicarse la legítima defensa en Derecho penal: Cuando la defensa es necesaria y proporcional, puede excluir toda responsabilidad (eximente completa). Cuando la reacción es desproporcionada, puede apreciarse como eximente incompleta, que atenúa la pena. La valoración de los hechos concretos resulta decisiva en cada caso. En Piñero Robledillo Abogados ofrecemos defensa penal personalizada, estudiando si concurren circunstancias como la legítima defensa que puedan excluir o atenuar la responsabilidad. Si te enfrentas a un proceso penal, contacta con nosotros: diseñaremos la mejor estrategia de defensa para proteger tus derechos. Etiquetas: Penal Legítima defensa Delito de lesiones Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Derecho administrativo Últimos posts edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 ¿Quieres saber más sobre derecho penal? Informate aqui
El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus datos es delito

El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus datos es delito 31 de agosto de 2025 El Tribunal Supremo (STS 516/2025, de 4 de junio de 2025) ha dictado una sentencia muy relevante en materia de delitos contra la intimidad, aclarando que acceder al móvil de otra persona sin su consentimiento constituye delito de descubrimiento de secretos, y que la posterior difusión de los datos agrava la responsabilidad penal. ¿Cuál era el caso? El acusado accedió sin autorización al teléfono móvil de su expareja, revisando conversaciones privadas y compartiendo parte de esa información con terceros. Los tribunales de instancia lo condenaron por descubrimiento y revelación de secretos (art. 197 CP). El condenado recurrió en casación, alegando que se trataba de un ámbito privado y familiar que no debía considerarse delictivo. La decisión del Tribunal Supremo El Alto Tribunal fue contundente: El derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones protege los datos almacenados en dispositivos electrónicos (móviles, ordenadores, etc.). Acceder sin consentimiento a un teléfono ajeno ya constituye delito de descubrimiento de secretos, incluso aunque no se difunda la información. Cuando, además, se comparte o difunde lo obtenido, se incurre en la modalidad agravada del delito. En este caso, quedó probado que el acusado accedió al móvil sin permiso y difundió datos privados, lesionando gravemente la intimidad de la víctima. ¿Qué implica esta sentencia? La sentencia refuerza la protección frente a intromisiones en la vida privada y digital: Acceder al móvil de la pareja sin permiso es un delito, aunque exista vínculo personal o familiar. La difusión de los datos privados obtenidos constituye un agravante. Se consolida la idea de que la intimidad digital goza de la misma protección que las comunicaciones tradicionales. En Piñero Robledillo Abogados defendemos los derechos de nuestros clientes en casos de delitos contra la intimidad y delitos informáticos. Si has sufrido una intromisión en tu vida privada, podemos ayudarte a denunciar y reclamar justicia. Etiquetas: Penal Protección de datos Derecho a la intimidad Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Derecho administrativo Últimos posts edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 ÚLTIMOS ARTÍCULOS edit post byMaría Piñero Robledillo31 de agosto de 2025 El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus datos es delito El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus… LEER MÁS… 0 edit post byMaría Piñero Robledillo1 de septiembre de 2025 El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa 1 de septiembre de 2025 El… LEER MÁS… 0 edit post byMaría Piñero Robledillo1 de septiembre de 2025 El Tribunal Supremo y los seguros de vida El Tribunal Supremo protege a los beneficiarios en seguros de vida frente a cuestionarios de salud… LEER MÁS… 0