+ 34 671 548 441 | despacho@pinerorobledilloabogados.es

¿Se puede enviar una oferta vinculante confidencial por email para cumplir el requisito de procedibilidad?

La Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado que sí es posible enviar una oferta vinculante confidencial por correo electrónico a un deudor, sin necesidad de ofrecer una quita en la deuda, para cumplir con el requisito de procedibilidad que establece la Ley de Eficiencia de la Justicia.

Este criterio aporta seguridad a empresas y profesionales que necesitan reclamar judicialmente, pero que antes deben acreditar un intento de solución extrajudicial mediante un MASC (Medio Adecuado de Solución de Controversias).


Oferta vinculante confidencial: un MASC sencillo y eficaz

La oferta vinculante confidencial es uno de los MASC regulados en la nueva ley. Consiste en que una parte propone formalmente una solución al conflicto, y si la otra la acepta, la oferta pasa a ser obligatoria.

Según la normativa:

  • La aceptación es irrevocable.

  • No se exige un mecanismo específico para el envío o la aceptación.

  • Es suficiente acreditar: la identidad del oferente, la fecha, la recepción por la otra parte y el contenido de la oferta.

  • Si no se acepta en el plazo de un mes, se entiende cumplido el requisito para acudir al juzgado.


¿Es necesario ofrecer una quita de deuda?

Algunos operadores jurídicos han sostenido que la oferta debía incluir concesiones, como una reducción de la deuda o un plan de pagos.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Alicante ha aclarado que no es obligatorio hacer ninguna quita. El acreedor puede limitarse a proponer que el deudor pague la totalidad de la deuda, con la ventaja de evitar un procedimiento judicial y las posibles costas.

Lo contrario supondría exigir un sacrificio injustificado para acceder a los tribunales, con vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Gavel With Books On Old Wooden Desk

¿Se puede enviar por email?

Sí. El tribunal reconoce el correo electrónico como un medio válido, siempre que:

  • Quede constancia del envío.

  • Se acredite la recepción.

  • Se identifique al remitente y se refleje la fecha y contenido del mensaje.

El email es hoy un canal habitual en las comunicaciones mercantiles, y por tanto cumple con el requisito legal de constancia. Además, puede reforzarse con acuses de recibo o mediante sistemas de gestión documental.


El papel de los despachos de abogados

En la práctica, son los despachos de abogados los que redactan y gestionan estas ofertas vinculantes confidenciales. Si no prosperan, se encargan también de la interposición de la demanda, acreditando el intento extrajudicial.

En Piñero Robledillo Abogados ayudamos a nuestros clientes a:

  • Redactar ofertas vinculantes confidenciales adaptadas a cada conflicto.

  • Enviarlas de forma segura y con plena validez legal.

  • Acreditar el cumplimiento del requisito de procedibilidad.

  • Continuar con la demanda judicial si no hay acuerdo.


Enviar una oferta vinculante confidencial por email es totalmente válido, incluso sin ofrecer una quita en la deuda. Se trata de un MASC ágil, económico y eficaz, que permite a particulares, empresas y profesionales cumplir con la obligación de intentar un acuerdo antes de acudir a los tribunales.

En Piñero Robledillo Abogados ponemos nuestra experiencia a disposición de nuestros clientes para gestionar de forma estratégica este tipo de procedimientos, defendiendo siempre sus intereses y garantizando el respeto a sus derechos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *