Herencias sin herederos: cómo avisar a Hacienda y ganar un 10 %

Herencias sin herederos: cómo avisar a Hacienda y ganar un 10 % 28 de septiembre de 2025 ¿Sabías que en España puedes ganar un 10 % del valor de una herencia si avisas a Hacienda de que el fallecido no tiene herederos? Parece un secreto a voces, pero lo cierto es que la ley lo permite y cada año se pagan miles de euros a particulares que denuncian estas situaciones. En este artículo de Piñero Robledillo Abogados te contamos en detalle qué son las herencias sin herederos, cómo funciona el premio del 10 % por avisar, qué requisitos debes cumplir y qué pasos seguir para no perder esta oportunidad. ¿Qué pasa con una herencia sin herederos? Cuando alguien muere sin testamento y sin familiares con derecho a heredar, sus bienes no se pierden: pasan automáticamente al Estado. Es lo que se conoce como herencia vacante. Ahora bien, la Administración no siempre detecta a tiempo estas situaciones. Por eso, el Real Decreto 1373/2009 establece un incentivo: quien avise puede llevarse un premio económico del 10 %. El premio del 10 %: cómo funciona En la práctica, el sistema funciona así: Un particular detecta que una persona fallecida no tiene herederos. Aporta la información a Hacienda, identificando bienes y valor aproximado. Si la Administración comprueba que efectivamente se trata de una herencia vacante, reconoce al denunciante un premio del 10 % del valor de lo heredado por el Estado. Por tanto, no es un mito: se trata de un derecho legalmente regulado que ya ha supuesto más de 2 millones de euros pagados en premios desde 2015, según datos publicados por Newtral. ¿Quién puede reclamar el premio? No cualquiera puede hacerlo. Para poder beneficiarte, debes cumplir con estas condiciones: No tener relación oficial con el fallecido ni ser funcionario que por tu cargo debías conocer la herencia. Aportar información suficiente sobre el fallecido y sus bienes. Demostrar que no hay herederos legítimos (cónyuge, hijos, padres, hermanos). Actuar antes de que Hacienda lo descubra por sí misma. En definitiva, la clave está en aportar valor a la Administración: si eres tú quien descubre y demuestra la existencia de la herencia sin herederos, te corresponde el premio. Ejemplo práctico Imagina que un vecino solitario fallece, sin familia conocida. Tú sabes que tenía una vivienda valorada en 150.000 €. Si denuncias la situación a Hacienda y se confirma que no hay herederos, el Estado se quedará con la casa. A ti te correspondería un 10 % del valor: 15.000 € como premio por tu aviso. Como ves, no se trata de una cifra menor. Qué pruebas necesitas Para que la denuncia sea efectiva, debes aportar documentación que permita acreditar: La identidad del fallecido. La inexistencia de herederos. Los bienes que poseía (viviendas, cuentas bancarias, vehículos). Cualquier otro dato útil para la investigación. Sin pruebas sólidas, Hacienda no podrá reconocer el premio. Datos recientes que llaman la atención Entre 2015 y 2022, el Estado ingresó más de 52 millones de euros por herencias sin herederos. En ese mismo periodo, se pagaron 2 millones de euros en premios a particulares que avisaron. Las comunidades que más herencias vacantes acumulan son Madrid y Castilla y León. Estos datos muestran que es un fenómeno mucho más común de lo que parece. Preguntas frecuentes ¿Hay que pagar impuestos por el premio?Sí, el premio tributa como ganancia patrimonial en la declaración de la renta. ¿Qué pasa si luego aparece un heredero?Si aparece un heredero legítimo con derecho a la herencia, la denuncia pierde efecto. ¿Puedo denunciar una herencia si no tengo pruebas?Puedes hacerlo, pero sin pruebas no se te reconocerá el premio. ¿Dónde se presenta la denuncia?Ante la Delegación de Hacienda correspondiente al lugar de residencia del fallecido. El régimen de herencias sin herederos abre la puerta a que particulares colaboren con la Administración. Si avisas a Hacienda y tu denuncia se confirma, puedes obtener el 10 % del valor de la herencia. En Piñero Robledillo Abogados, especialistas en sucesiones y herencias, te asesoramos sobre cómo preparar la denuncia, qué pruebas necesitas y cómo asegurar el cobro del premio. Contacta con Piñero Robledillo Abogados y resuelve tus dudas sobre herencias sin herederos y el premio del 10 % de Hacienda. Etiquetas: Herencia Fiscal Derecho Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Últimos posts edit post Qué hacer ante un despido improcedente: guía legal paso a paso 22 de septiembre de 2025 edit post Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar 11 de septiembre de 2025 edit post STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión 10 de septiembre de 2025 edit post Oferta vinculante confidencial por email: ¿es válida según la Ley de Eficiencia de la Justicia? 9 de septiembre de 2025 edit post Sentencia favorable: instalación de salida de humos en restaurante frente a la negativa de la comunidad de propietarios 8 de septiembre de 2025 edit post Atribución de vivienda en custodia compartida 2 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo y los seguros de vida 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus datos es delito 31 de agosto de 2025
Pensión compensatoria: qué es, cuándo se concede y cómo se calcula

Pensión compensatoria en España: qué es, cuándo se concede y cómo se calcula 27 de septiembre de 2025 En un proceso de separación o divorcio, una de las cuestiones que más dudas genera es la pensión compensatoria. Muchas personas creen que se trata de un derecho automático, pero la realidad es distinta: solo se concede cuando uno de los cónyuges queda en una situación de desequilibrio económico tras la ruptura. En este artículo de Piñero Robledillo Abogados, especialistas en Derecho de Familia en Alicante, te explicamos qué es la pensión compensatoria, cuáles son los requisitos para solicitarla y cómo se determina su cuantía. ¿Qué es la pensión compensatoria? La pensión compensatoria está regulada en el artículo 97 del Código Civil. Se trata de una prestación económica que uno de los cónyuges debe pagar al otro cuando, tras el divorcio o separación, éste queda en peor situación económica respecto al matrimonio. En consecuencia, la finalidad no es igualar patrimonios, sino compensar el desequilibrio económico que genera la ruptura. ¿Cuándo se concede la pensión compensatoria? El juez valora una serie de factores para decidir si procede o no conceder la pensión: La duración del matrimonio. La edad y estado de salud del cónyuge solicitante. La dedicación a la familia y al cuidado de hijos durante el matrimonio. La cualificación profesional y las posibilidades de acceso al mercado laboral. La colaboración en las actividades económicas del otro cónyuge. Así pues, la pensión compensatoria no es automática: debe demostrarse que la separación provoca una situación de desequilibrio relevante. ¿Cuánto dura la pensión compensatoria? La pensión puede tener carácter: Temporal: se fija un plazo determinado hasta que el beneficiario pueda reincorporarse al mercado laboral. Indefinido: en casos donde es poco probable que el cónyuge pueda mejorar su situación (por edad avanzada o problemas de salud). Único pago (capital): en lugar de mensualidades, se abona una cantidad global. En cualquier caso, la pensión compensatoria puede modificarse o extinguirse si cambian las circunstancias, por ejemplo, si el beneficiario encuentra empleo o contrae nuevo matrimonio. ¿Cómo se calcula la pensión compensatoria? No existe una tabla fija, como ocurre con la pensión alimenticia. El cálculo depende de cada caso concreto. El juez tendrá en cuenta: Los ingresos y patrimonio de ambos cónyuges. La dedicación a la familia y a la crianza de los hijos. El nivel de vida mantenido durante el matrimonio. La duración de la convivencia. Por tanto, es esencial aportar pruebas económicas y periciales para justificar tanto la necesidad de la pensión como la capacidad de pago del otro cónyuge. Preguntas frecuentes sobre la pensión compensatoria ¿Es lo mismo la pensión compensatoria y la de alimentos?No. La pensión de alimentos está destinada a los hijos, mientras que la compensatoria es para el cónyuge que queda en peor situación tras el divorcio. ¿La pensión compensatoria es automática?No. Solo se concede si se acredita un desequilibrio económico. ¿Puede modificarse o extinguirse?Sí, si cambian las circunstancias (nuevo empleo, matrimonio o convivencia con otra pareja). ¿Quién decide la cuantía?El juez, en función de las pruebas aportadas y las circunstancias económicas de cada caso. La pensión compensatoria es una medida diseñada para equilibrar las consecuencias económicas de un divorcio, pero no siempre procede. Se concede únicamente si se demuestra un desequilibrio económico significativo y su duración y cuantía dependen de múltiples factores. En Piñero Robledillo Abogados, analizamos tu caso de forma personalizada y te asesoramos sobre la viabilidad de solicitar o defenderte frente a una pensión compensatoria, aportando las pruebas necesarias para proteger tus intereses. Contacta con Piñero Robledillo Abogados para recibir asesoría especializada en procesos de divorcio y medidas económicas. Etiquetas: Laboral Inmdenización Trabajadores Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Últimos posts edit post Qué hacer ante un despido improcedente: guía legal paso a paso 22 de septiembre de 2025 edit post Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar 11 de septiembre de 2025 edit post STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión 10 de septiembre de 2025 edit post Oferta vinculante confidencial por email: ¿es válida según la Ley de Eficiencia de la Justicia? 9 de septiembre de 2025 edit post Sentencia favorable: instalación de salida de humos en restaurante frente a la negativa de la comunidad de propietarios 8 de septiembre de 2025 edit post Atribución de vivienda en custodia compartida 2 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo y los seguros de vida 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus datos es delito 31 de agosto de 2025
Claves para un informe pericial económico claro y bien argumentado

Claves para un informe pericial económico claro y bien argumentado 26 de septiembre de 2025 En muchos procedimientos judiciales, la diferencia entre ganar o perder un caso depende de la fuerza de la prueba pericial. Los informes económicos son cada vez más frecuentes en litigios civiles, mercantiles, laborales y de seguros. Sin embargo, no basta con presentar números: es necesario que el informe sea claro, objetivo y bien argumentado. En este artículo de Piñero Robledillo Abogados, te explicamos cuáles son las claves para elaborar un informe pericial económico eficaz, capaz de convencer al juez y resistir el contrainterrogatorio. ¿Qué es un informe pericial económico? Un informe pericial económico es un documento elaborado por un perito economista que analiza, interpreta y valora hechos económicos relevantes para un procedimiento judicial. Su finalidad es aportar rigor técnico allí donde el juez no tiene por qué tener conocimientos especializados, sirviendo de apoyo a las alegaciones de las partes. Claves para un informe pericial económico eficaz Para que un informe tenga peso real en un juicio, debe cumplir con ciertos requisitos. Entre ellos: 1. Claridad en la exposición El informe debe ser comprensible incluso para personas sin formación económica. Por ello, conviene evitar tecnicismos excesivos y utilizar ejemplos o comparaciones sencillas. 2. Fundamentación sólida Cada afirmación debe estar respaldada por datos, fuentes oficiales y metodología reconocida. No basta con una opinión: el juez necesita pruebas objetivas. 3. Metodología transparente El perito debe explicar paso a paso cómo ha llegado a sus conclusiones: qué cálculos ha hecho, qué criterios ha aplicado y qué alternativas ha descartado. Esto genera confianza y credibilidad. 4. Orden lógico y estructurado Un buen informe debe seguir una estructura clara: Objeto del informe. Antecedentes y documentación utilizada. Metodología aplicada. Resultados del análisis. Conclusiones finales. De esta manera, se facilita la lectura y comprensión por parte del tribunal. 5. Razonamiento jurídico-económico Aunque el informe sea técnico, debe relacionarse con la normativa aplicable y con las pretensiones jurídicas del procedimiento. 6. Neutralidad y objetividad Un informe parcial o sesgado pierde fuerza. El perito debe actuar con independencia y demostrar que sus conclusiones se basan en hechos y no en intereses de la parte que lo propone. 7. Presentación profesional El aspecto formal también importa: redacción cuidada, gráficos claros, tablas bien presentadas y un lenguaje directo refuerzan la credibilidad del peritaje. Importancia del informe pericial en el juicio El juez no está obligado a seguir las conclusiones del informe, pero en la práctica un peritaje bien elaborado suele ser decisivo. Además, durante el juicio el perito puede ser llamado a ratificar y defender su informe. Por ello, es esencial que el documento esté tan bien fundamentado que pueda resistir preguntas de la parte contraria y aclaraciones del tribunal. Preguntas frecuentes ¿Quién puede elaborar un informe pericial económico?Un economista colegiado y acreditado como perito judicial. ¿En qué procedimientos es útil un informe económico?En reclamaciones de cantidad, valoraciones de empresas, lucro cesante, responsabilidad civil, derecho mercantil o laboral, entre otros. ¿Qué diferencia hay entre un informe técnico y un informe pericial?El informe pericial está pensado para ser presentado en juicio y tiene un valor probatorio, mientras que un informe técnico puede tener fines internos o consultivos. ¿El juez siempre sigue lo que dice el informe?No necesariamente, pero un peritaje claro, riguroso y bien defendido tiene un gran peso en la decisión final. Un informe pericial económico claro y bien argumentado puede marcar la diferencia en un procedimiento judicial. La clave está en la claridad, la objetividad, la fundamentación y la capacidad de transmitir confianza al tribunal. En Piñero Robledillo Abogados, colaboramos con economistas especializados en peritajes judiciales que elaboran informes sólidos y defendibles en sala, garantizando así la máxima eficacia probatoria. Contacta con Piñero Robledillo Abogados y refuerza tu procedimiento con informes periciales económicos de calidad. Etiquetas: Laboral Inmdenización Trabajadores Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Últimos posts edit post Qué hacer ante un despido improcedente: guía legal paso a paso 22 de septiembre de 2025 edit post Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar 11 de septiembre de 2025 edit post STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión 10 de septiembre de 2025 edit post Oferta vinculante confidencial por email: ¿es válida según la Ley de Eficiencia de la Justicia? 9 de septiembre de 2025 edit post Sentencia favorable: instalación de salida de humos en restaurante frente a la negativa de la comunidad de propietarios 8 de septiembre de 2025 edit post Atribución de vivienda en custodia compartida 2 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo y los seguros de vida 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus datos es delito 31 de agosto de 2025
Régimen de allegados en caso de fallecimiento por accidente: guía legal

Régimen de allegados en caso de fallecimiento por accidente: guía legal 26 de septiembre de 2025 Cuando una persona fallece en un accidente de tráfico, la ley reconoce una indemnización a los familiares más cercanos. Sin embargo, desde la reforma de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, también se contempla a los allegados como beneficiarios en determinados supuestos. En este artículo de Piñero Robledillo Abogados, te explicamos de manera sencilla qué significa el régimen de allegados en caso de fallecimiento por accidente, quién puede reclamar y cómo se calcula la indemnización. ¿Qué se entiende por “allegado”? El concepto de allegado aparece regulado en el artículo 67 de la Ley 35/2015. Se considera allegado a la persona que, sin ser cónyuge, pareja de hecho registrada ni familiar directo, hubiera convivido de forma estable con la víctima durante al menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento, generando una relación de especial afectividad y dependencia. En consecuencia, la ley reconoce el derecho de estas personas a recibir una indemnización cuando acrediten esa convivencia estable y estrecho vínculo personal. Diferencia entre allegados y familiares Para comprender mejor el régimen de allegados, conviene distinguirlo de los perjudicados por parentesco: Familiares directos: cónyuge, pareja registrada, hijos, padres, hermanos, abuelos. Allegados: personas que, sin estar unidas por lazos de sangre ni matrimonio, han mantenido con la víctima una convivencia estable y duradera. Así pues, el allegado se sitúa como una categoría excepcional que busca dar cobertura a relaciones afectivas reales más allá del parentesco. Indemnización de los allegados en caso de fallecimiento La indemnización de los allegados está prevista en el Baremo de Tráfico. Según la Ley 35/2015: Cada allegado tiene derecho a percibir un importe fijo (actualizado anualmente). Esta cantidad es independiente y compatible con las indemnizaciones de los familiares directos. Para su reconocimiento, debe acreditarse la convivencia estable y continua con la víctima durante al menos cinco años. De este modo, el legislador reconoce que no solo los familiares biológicos sufren la pérdida, sino también quienes mantenían una relación afectiva equiparable. ¿Qué pruebas se necesitan para acreditar la condición de allegado? Para ser considerado allegado y acceder a la indemnización, es necesario aportar pruebas que demuestren la convivencia y relación con la víctima, tales como: Certificado de empadronamiento conjunto. Contrato de arrendamiento o escritura de la vivienda donde conste la convivencia. Testimonios de vecinos o familiares que acrediten la relación. Documentación que muestre dependencia económica o cuidados mutuos. En definitiva, el régimen de allegados en fallecimiento por accidente exige una acreditación sólida para ser reconocido. Preguntas frecuentes sobre el régimen de allegados ¿Cuánto cobra un allegado por fallecimiento en accidente?El Baremo fija una cantidad concreta, que se actualiza cada año en función del IPC. ¿Es compatible la indemnización de allegado con otras?Sí, se suma a la de los familiares directos. ¿Se exige siempre convivencia de 5 años?Sí, salvo que existan circunstancias excepcionales muy acreditadas. ¿Un amigo íntimo puede ser considerado allegado?Sí, siempre que pruebe convivencia estable y afectividad continuada. El régimen de allegados en caso de fallecimiento por accidente es una figura relativamente reciente en la legislación española, pensada para reconocer la realidad de las relaciones afectivas más allá del parentesco. En Piñero Robledillo Abogados, especialistas en reclamaciones derivadas de accidentes de tráfico, te asesoramos sobre si puedes ser considerado allegado, qué pruebas necesitas y cómo reclamar la indemnización que te corresponde. Contacta con Piñero Robledillo Abogados y protege tus derechos en situaciones tan delicadas como la pérdida de un ser querido. Etiquetas: Laboral Inmdenización Trabajadores Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Últimos posts edit post Qué hacer ante un despido improcedente: guía legal paso a paso 22 de septiembre de 2025 edit post Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar 11 de septiembre de 2025 edit post STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión 10 de septiembre de 2025 edit post Oferta vinculante confidencial por email: ¿es válida según la Ley de Eficiencia de la Justicia? 9 de septiembre de 2025 edit post Sentencia favorable: instalación de salida de humos en restaurante frente a la negativa de la comunidad de propietarios 8 de septiembre de 2025 edit post Atribución de vivienda en custodia compartida 2 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo y los seguros de vida 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus datos es delito 31 de agosto de 2025
Lucro cesante en un accidente de coche: cómo entenderlo fácilmente

Lucro cesante en un accidente de coche: cómo entenderlo fácilmente 25 de septiembre de 2025 Cuando sufrimos un accidente de tráfico, no solo podemos reclamar los daños materiales y las lesiones físicas. Además, existe un concepto clave, muchas veces desconocido: el lucro cesante accidente de coche. En este artículo de Piñero Robledillo Abogados, explicamos de forma sencilla qué significa el lucro cesante en un accidente de coche, cómo se calcula, qué pruebas necesitas y cómo reclamarlo para obtener la máxima indemnización. ¿Qué es el lucro cesante en un accidente de coche? El lucro cesante accidente de coche es la ganancia económica que una persona deja de percibir como consecuencia directa del siniestro. En otras palabras, mientras que el daño material se refiere a lo que pierdes o pagas de más, el lucro cesante refleja lo que dejas de ganar. Ejemplos habituales: Un taxista que no puede trabajar durante tres meses. Un autónomo que pierde encargos por estar de baja. Un deportista que no compite y pierde premios. Por tanto, el lucro cesante accidente de coche constituye un perjuicio económico futuro que puede reclamarse. Diferencia entre daño emergente y lucro cesante accidente de coche Para entenderlo mejor, conviene diferenciar: Daño emergente: lo que gastas de más por el accidente (reparación del coche, medicinas, transporte alternativo). Lucro cesante accidente de coche: lo que habrías ganado de no haber ocurrido el siniestro. Ambos son indemnizables, pero no significan lo mismo. Mientras el daño emergente mira al presente, el lucro cesante se enfoca en el futuro. ¿Cuándo se puede reclamar el lucro cesante accidente de coche? Este concepto se puede reclamar siempre que el accidente afecte a tu capacidad de generar ingresos. En concreto: Si sufres una baja laboral y dejas de cobrar salario. Si eres autónomo o empresario y no puedes ejercer tu actividad. Si tienes ingresos variables (taxistas, comerciales, artistas) y se ven interrumpidos. En definitiva, lo importante es probar que existe una relación directa entre el accidente y la pérdida de ingresos. Cómo calcular el lucro cesante en un accidente de coche El cálculo del lucro cesante accidente de coche no está fijado en un baremo, por lo que requiere un estudio individualizado. Se tienen en cuenta: Ingresos habituales (nóminas, IRPF, facturación). Tiempo de baja médica o incapacidad. Ganancias que razonablemente se habrían obtenido sin el accidente. Ejemplo práctico:Un taxista gana de media 2.000 € al mes. Tras el accidente, permanece 3 meses de baja. Pérdida total: 6.000 €. Esa cantidad es el lucro cesante accidente de coche reclamable. ¿Quién calcula el lucro cesante accidente de coche? El cálculo suele realizarse mediante un informe pericial económico. En Piñero Robledillo Abogados, además de abogados expertos en accidentes, contamos con un equipo de economistas que redactan informes periciales. Estos informes son fundamentales para acreditar las pérdidas de ingresos y defender con éxito la reclamación ante aseguradoras y tribunales. Gracias a este trabajo conjunto, nuestros clientes aumentan las posibilidades de recibir una indemnización completa. Documentación necesaria para reclamar el lucro cesante Para reclamar el lucro cesante accidente de coche, se debe aportar: Nóminas o certificados de empresa. Declaraciones fiscales o facturación (autónomos). Contratos cancelados por no poder cumplirse. Informes médicos que acrediten la baja laboral. Con esta documentación se refuerza la prueba y se facilita la valoración judicial o pericial. Preguntas frecuentes sobre el lucro cesante en un accidente de coche ¿El seguro cubre el lucro cesante accidente de coche?Sí, siempre que quede acreditado con pruebas. ¿Un desempleado puede reclamar lucro cesante accidente de coche?En principio no, salvo que pueda probar una pérdida concreta, como un contrato firmado. ¿Quién valora el lucro cesante accidente de coche?Un perito economista especializado en elaborar informes periciales. ¿Es lo mismo que la indemnización por lesiones?No. Las lesiones se indemnizan por baremo, mientras que el lucro cesante compensa ingresos dejados de percibir. El lucro cesante accidente de coche es un concepto clave para lograr una indemnización justa tras un siniestro. Sin embargo, requiere pruebas, cálculos económicos y asesoramiento profesional. En Piñero Robledillo Abogados, trabajamos con un equipo de economistas que redactan informes periciales y con abogados especialistas en tráfico. Así, aseguramos que nuestros clientes reclamen todo lo que les corresponde por lucro cesante accidente de coche. Contacta con Piñero Robledillo Abogados y protege tu derecho a la máxima indemnización tras un accidente de tráfico. Etiquetas: Lucro cesante Inmdenización Reclamación Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Últimos posts edit post Qué hacer ante un despido improcedente: guía legal paso a paso 22 de septiembre de 2025 edit post Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar 11 de septiembre de 2025 edit post STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión 10 de septiembre de 2025 edit post Oferta vinculante confidencial por email: ¿es válida según la Ley de Eficiencia de la Justicia? 9 de septiembre de 2025 edit post Sentencia favorable: instalación de salida de humos en restaurante frente a la negativa de la comunidad de propietarios 8 de septiembre de 2025 edit post Atribución de vivienda en custodia compartida 2 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo y los seguros de vida 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo fija los límites de la legítima defensa 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo confirma que acceder al móvil de la pareja sin permiso y difundir sus datos es delito 31 de agosto de 2025
Extinción del contrato de una víctima de violencia de género: efectos para el empresario

Extinción del contrato de una víctima de violencia de género: efectos para el empresario 24 de septiembre de 2025 En el ámbito laboral, la ley española protege de manera especial a las víctimas de violencia de género. Una de las medidas más importantes es la posibilidad de solicitar la extinción voluntaria de su contrato de trabajo en virtud del artículo 49.1.m) del Estatuto de los Trabajadores. En este artículo de Piñero Robledillo Abogados, analizamos qué implica esta extinción, si el empresario debe pagar indemnización y cuáles son las obligaciones legales que se derivan para la empresa. ¿Qué significa la extinción del contrato por violencia de género? Cuando una trabajadora víctima de violencia de género solicita la extinción de su contrato, la ley le reconoce el derecho a resolver la relación laboral de manera unilateral y justificada, sin necesidad de alegar incumplimiento por parte del empresario. El objetivo es permitir a la víctima proteger su seguridad y su vida personal, evitando que el trabajo se convierta en un obstáculo para romper con la situación de violencia. Diferencias con otras formas de extinción contractual Es importante diferenciar esta causa de otras modalidades de extinción: No es una dimisión voluntaria: la trabajadora no renuncia de manera libre, sino que la ley le habilita para extinguir el contrato en un contexto especial. No es un despido: no parte de la decisión empresarial, sino de la propia trabajadora. No es una resolución por incumplimiento empresarial: no implica que la empresa haya actuado de forma irregular. ¿Debe el empresario pagar indemnización? Aquí surge la duda habitual: ¿está la empresa obligada a pagar 20 días de salario por año trabajado, como en otras extinciones legales? La respuesta es no. Según la interpretación del artículo 49.1.m) ET y la doctrina judicial, la extinción del contrato a instancia de la trabajadora víctima de violencia de género: No genera derecho a indemnización a cargo del empresario. Únicamente da derecho a la trabajadora a solicitar la prestación por desempleo, siempre que cumpla los requisitos de cotización. Por tanto, el empresario no debe abonar indemnización como si se tratara de un despido objetivo (20 días por año), ya que la causa de la extinción no es imputable a la empresa. Obligaciones del empresario en estos casos Aunque no existe obligación indemnizatoria, el empresario sí debe: Respetar el derecho de la trabajadora a extinguir el contrato. Facilitar la documentación necesaria para tramitar la prestación por desempleo. Evitar cualquier represalia o trato discriminatorio derivado de la situación. Garantizar que la extinción quede reflejada en el certificado de empresa con la clave correcta para acceder al paro. Ejemplo práctico: caso reciente Supuesto realista: Una trabajadora con 6 años de antigüedad solicita la extinción de su contrato por violencia de género. El empresario consulta si debe abonarle la indemnización de 20 días por año trabajado. Tras revisar la normativa, se confirma que no procede indemnización. La trabajadora presenta la documentación en el SEPE y accede a la prestación por desempleo. La empresa solo debe emitir el certificado de empresa, reflejando que la extinción se produce al amparo del artículo 49.1.m) ET. Preguntas frecuentes ¿La trabajadora tiene derecho al paro?Sí, siempre que tenga cotizaciones suficientes. La extinción se considera situación legal de desempleo. ¿Qué documentación debe entregar el empresario?El certificado de empresa, finiquito (salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, etc.) y liquidación ordinaria. ¿Puede la empresa negarse a aceptar la extinción?No. La decisión corresponde exclusivamente a la trabajadora y está amparada por la ley. ¿La empresa debe pagar salarios de tramitación?No. Solo se liquidan las cantidades devengadas hasta la fecha de extinción. La extinción del contrato de una víctima de violencia de género es una medida legal diseñada para proteger su seguridad e independencia, sin cargar al empresario con una indemnización improcedente. En Piñero Robledillo Abogados asesoramos tanto a empresas como a trabajadores en este tipo de situaciones, garantizando el cumplimiento estricto de la normativa laboral y la correcta tramitación ante el SEPE. 📞 Contacta ahora con Piñero Robledillo Abogados y resuelve todas tus dudas sobre la extinción de contratos en casos de violencia de género. 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Medidas urgentes del artículo 158 del Código Civil: protección de los menores

Medidas urgentes del artículo 158 del Código Civil: protección inmediata de los menores 23 de septiembre de 2025 Cuando existe un conflicto familiar, lo más importante es garantizar la seguridad y bienestar de los hijos. El Código Civil, en su artículo 158, regula una serie de medidas urgentes que los jueces pueden adoptar cuando un menor se encuentra en riesgo. En Piñero Robledillo Abogados, especialistas en Derecho de Familia en Alicante, hemos gestionado numerosos procedimientos en los que ha sido necesario solicitar estas medidas. Por ello, en este artículo te explicamos en detalle qué son, cuándo se aplican, cómo solicitarlas y qué efectos tienen. ¿Qué son las medidas urgentes del artículo 158 CC? El artículo 158 del Código Civil establece la posibilidad de que los jueces dicten medidas cautelares y urgentes para proteger a los menores cuando exista peligro físico, psicológico o social. Estas medidas se caracterizan por: Inmediatez: pueden adoptarse sin esperar a que se resuelva un procedimiento judicial principal. Flexibilidad: se adaptan a las circunstancias concretas de cada familia. Provisionalidad: tienen carácter temporal, hasta que el juez dicte resolución definitiva. El objetivo es prevenir daños y garantizar el interés superior del menor, principio recogido en la Constitución y en la Convención de los Derechos del Niño. Ejemplos de medidas previstas en el artículo 158 CC El juez puede acordar, entre otras: Evitar un peligro concreto: por ejemplo, impedir que el menor conviva con un progenitor que ha sido denunciado por malos tratos. Limitar la patria potestad, guarda o custodia: suspensión o modificación temporal de derechos parentales. Controlar los desplazamientos del menor: prohibición de salir del país sin autorización judicial. Retener el pasaporte del menor o de los progenitores: para prevenir sustracciones internacionales. Regular o suspender visitas y comunicaciones: cuando la relación con uno de los progenitores suponga un riesgo. Adoptar cualquier medida necesaria para apartar al menor de un entorno perjudicial: por ejemplo, un ambiente de violencia, drogadicción o manipulación emocional. ¿En qué situaciones se aplican las medidas urgentes del artículo 158 CC? Se utilizan en contextos de riesgo inmediato para los menores, como: Violencia de género o doméstica en el hogar. Manipulación psicológica (alienación parental). Riesgo de sustracción internacional por parte de uno de los progenitores. Entornos familiares con consumo de drogas o alcohol. Negligencia en el cuidado, abandono o falta de higiene y atención médica. Conductas que afecten a la estabilidad emocional y desarrollo del menor. El juez tiene un margen amplio de actuación, siempre priorizando el interés superior del niño sobre los derechos de los progenitores. Procedimiento para solicitar medidas urgentes Solicitar medidas al amparo del artículo 158 CC requiere actuar con rapidez y precisión legal. El proceso habitual es: Presentación de escrito o demanda ante el Juzgado de Familia, solicitando las medidas urgentes. Aportación de pruebas: informes médicos, escolares, psicológicos, atestados policiales, testimonios de familiares o vecinos. Intervención del Ministerio Fiscal, que debe pronunciarse siempre en materia de menores. Valoración judicial inmediata: el juez puede acordar las medidas incluso inaudita parte, es decir, sin escuchar previamente a la otra parte, si la urgencia lo justifica. Revisión posterior: una vez adoptadas, las medidas pueden modificarse o transformarse en definitivas en el procedimiento principal. Ejemplo práctico: cómo funcionan las medidas del artículo 158 CC Caso realista: Una madre detecta que su ex pareja consume drogas en presencia de los hijos durante los fines de semana que tiene visitas. Presenta informe escolar, parte médico y testimonio de un vecino. El abogado presenta solicitud de medidas urgentes basadas en el art. 158 CC. El juez acuerda de inmediato suspender el régimen de visitas y limitar las comunicaciones del padre con los menores. Posteriormente, en el procedimiento de modificación de medidas, se revisa la situación y se establece un régimen supervisado en un punto de encuentro familiar. De este modo, el menor queda protegido de forma inmediata, sin esperar meses a que se resuelva el juicio. Preguntas frecuentes sobre el artículo 158 CC ¿Quién puede solicitar estas medidas?Los progenitores, el propio menor si tiene suficiente madurez, los familiares cercanos o el Ministerio Fiscal. ¿Cuánto duran las medidas urgentes?Son temporales, pero pueden mantenerse hasta que finalice el procedimiento principal. ¿Qué ocurre si no se cumplen?El incumplimiento de estas medidas puede acarrear sanciones, incluso la retirada de la custodia. ¿Se pueden pedir aunque no haya divorcio?Sí, pueden solicitarse de forma independiente si el menor está en riesgo. El artículo 158 del Código Civil es una herramienta legal fundamental para garantizar la protección inmediata de los menores en situaciones de riesgo. Actuar a tiempo puede marcar la diferencia en la seguridad y estabilidad de los hijos. En Piñero Robledillo Abogados ponemos a tu disposición nuestra experiencia en Derecho de Familia en Alicante para solicitar las medidas urgentes necesarias y asegurar que tus hijos crezcan en un entorno seguro. 📞 Contacta con Piñero Robledillo Abogados y recibe una asesoría personalizada para proteger a tus hijos con rapidez y eficacia. Etiquetas: Civil Menores Medidas urgentes Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Últimos posts edit post Qué hacer ante un despido improcedente: guía legal paso a paso 22 de septiembre de 2025 edit post Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar 11 de septiembre de 2025 edit post STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión 10 de septiembre de 2025 edit post Oferta vinculante confidencial por email: ¿es válida según la Ley de Eficiencia de la Justicia? 9 de septiembre de 2025 edit post Sentencia favorable: instalación de salida de humos en restaurante frente a la negativa de la comunidad de propietarios 8 de septiembre de 2025 edit post Atribución de vivienda en custodia compartida 2 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante
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Despido improcedente: conoce plazos, indemnización y pasos para reclamar. Piñero Robledillo Abogados, expertos en Derecho Laboral en Alicante.
Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar

Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar 11 de septiembre de 2025 El cártel de coches en España ha sido uno de los casos más relevantes en materia de Derecho de la competencia. Miles de consumidores se vieron afectados por prácticas ilegales entre fabricantes que alteraron los precios de vehículos vendidos entre 2006 y 2013. Ahora bien, una de las grandes dudas de quienes quieren reclamar es: ¿ha prescrito mi acción? La respuesta es clara: todavía puedes reclamar hasta junio de 2026. ¿Qué ocurrió con el cártel de coches? Entre 2006 y 2013, varias marcas de automóviles intercambiaron información sensible y limitaron la competencia, lo que supuso un aumento artificial de los precios.En 2015, la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) sancionó a los fabricantes implicados. ¿Cuándo empieza a contar el plazo de prescripción? Aquí está la clave. Muchos creían que el plazo comenzaba en 2015, con la publicación de la sanción. Sin embargo, el TJUE (asunto C-21/24, 2025) ha aclarado que el plazo no corre hasta que la resolución sea firme. En este caso, la firmeza llegó en junio de 2021 tras la sentencia del Tribunal Supremo. ¿Cuál es el plazo concreto para reclamar? Según el art. 74.1 de la Ley de Defensa de la Competencia, el plazo de prescripción es de 5 años.Por lo tanto: Dies a quo (inicio del cómputo): junio de 2021 Fecha límite: junio de 2026 Esto significa que los afectados por el cártel de coches aún tienen margen real para reclamar. ¿Qué implica esto para los afectados? Consumidores: quienes compraron un coche en esos años aún pueden exigir indemnización. Empresas: las flotas de vehículos adquiridas en ese período también son reclamables. Abogados y asesores: disponen de un marco claro para orientar a los clientes y evitar excepciones de prescripción. Gracias a la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el plazo para reclamar por el cártel de coches acaba en junio de 2026.Si compraste un vehículo entre 2006 y 2013, todavía estás a tiempo de recuperar lo que pagaste de más. En Piñero Robledillo Abogados asesoramos y acompañamos a particulares y empresas en sus reclamaciones para garantizar la defensa de sus derechos. Contacta con nosotros y revisaremos tu caso sin compromiso. Etiquetas: Fiscal Derecho Tributario Agencia Tributaria Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho de familia Derecho fiscal Últimos posts edit post Plazo de prescripción en el cártel de coches: hasta junio de 2026 puedes reclamar 11 de septiembre de 2025 edit post STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión 10 de septiembre de 2025 edit post Oferta vinculante confidencial por email: ¿es válida según la Ley de Eficiencia de la Justicia? 9 de septiembre de 2025
STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión

STS 1125/2025: El Tribunal Supremo aclara los límites del derecho al honor de las personas jurídicas 10 de septiembre de 2025 El Tribunal Supremo, en su Sentencia 1125/2025, de 15 de julio, ha abordado un asunto clave en la protección del derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión. Este fallo resulta especialmente relevante para asociaciones, fundaciones y empresas que, en el marco de conflictos internos o procesos electorales, puedan sentirse afectadas por declaraciones críticas. Antecedentes del caso La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (Adicae) interpuso una demanda contra varios miembros de una candidatura alternativa a su junta directiva, a quienes atribuía la autoría de un blog con expresiones que consideraba ofensivas. La asociación solicitaba que se reconociera la intromisión ilegítima en su honor, la retirada de los contenidos y una indemnización por daños morales. Sin embargo, tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial de Zaragoza desestimaron la demanda, destacando dos elementos esenciales: Las críticas iban dirigidas a personas concretas de la directiva, no a la asociación en sí. No se acreditó de forma suficiente la autoría de los demandados sobre las publicaciones. El recurso de casación Adicae acudió al Tribunal Supremo alegando, entre otros motivos, la vulneración de su derecho al honor y la incorrecta ponderación frente a la libertad de expresión. No obstante, la Sala Primera desestimó el recurso por un argumento fundamental: Las expresiones controvertidas no lesionaban el honor de la asociación como persona jurídica, sino el de directivos concretos. En consecuencia, incluso si las manifestaciones hubieran sido ofensivas, el sujeto legitimado para reclamar habría sido la persona física afectada, no la entidad. Importancia práctica Esta resolución tiene gran trascendencia en el ámbito del Derecho Civil y Asociativo, ya que delimita los supuestos en los que una persona jurídica puede reclamar protección de su honor. En particular: Refuerza la importancia de la autoría y prueba de la publicación en los conflictos reputacionales. Recuerda que la libertad de expresión prevalece, especialmente en entornos de debate interno, crítica asociativa o procesos electorales. Subraya que los ataques dirigidos a individuos de la directiva deben ser ejercitados por estos a título personal, no por la asociación. Conclusión La STS 1125/2025 constituye un referente sobre los límites del derecho al honor de las personas jurídicas y la necesaria ponderación con la libertad de expresión. Desde Piñero Robledillo Abogados, analizamos esta sentencia como una guía esencial para asociaciones, entidades y empresas que puedan enfrentarse a situaciones similares. Etiquetas: Fiscal Derecho Tributario Agencia Tributaria Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Últimos posts edit post STS 1125/2025: El Tribunal Supremo delimita el derecho al honor de las personas jurídicas frente a la libertad de expresión 10 de septiembre de 2025 edit post Oferta vinculante confidencial por email: ¿es válida según la Ley de Eficiencia de la Justicia? 9 de septiembre de 2025 edit post Sentencia favorable: instalación de salida de humos en restaurante frente a la negativa de la comunidad de propietarios 8 de septiembre de 2025 ¿Quieres saber más sobre derecho mercantil? Informate aqui