13 de enero de 2026
Muchas personas creen que heredar implica siempre pagar grandes cantidades a Hacienda. Sin embargo, esta idea no es correcta en la Comunitat Valenciana.
La normativa autonómica valenciana establece reducciones y bonificaciones muy relevantes en el Impuesto sobre Sucesiones que hacen que, en la mayoría de los casos, el coste fiscal sea reducido, siempre que la herencia se tramite correctamente y dentro de plazo.
En este artículo te explicamos cómo funciona el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana, quién puede beneficiarse de estas ventajas fiscales y cuánto se paga realmente.
Uno de los aspectos más importantes del Impuesto de Sucesiones en la Comunitat Valenciana es la reducción autonómica de 100.000 € por heredero.
La reducción de 100.000 € se aplica a los herederos del Grupo II de parentesco, es decir:
Hijos
Padres
Cónyuges
Adoptantes y adoptados
👉 Requisito imprescindible: el heredero debe ser mayor de 21 años.
Esta reducción es individual, por lo que cada heredero puede aplicarla de forma independiente.
Desde el punto de vista técnico, conviene aclarar una cuestión clave:
👉 la reducción de 100.000 € se aplica sobre la base imponible, no sobre el impuesto a pagar.
El funcionamiento del Impuesto de Sucesiones es el siguiente:
Base imponible: valor total de los bienes y derechos heredados.
Aplicación de reducciones (entre ellas, la reducción autonómica de 100.000 €).
Base liquidable resultante.
Cálculo de la cuota íntegra conforme a la tarifa del impuesto.
Bonificación autonómica del 99 % sobre la cuota.
Por tanto, la reducción disminuye la base sobre la que se calcula el impuesto, y la bonificación actúa al final del proceso, reduciendo de forma muy significativa la cantidad a pagar.
Cuando el valor de la herencia es superior a 100.000 €, entra en juego el segundo gran beneficio fiscal en la Comunitat Valenciana: la bonificación del 99 % en el Impuesto de Sucesiones.
Esta bonificación se aplica sobre la cuota del impuesto ya calculada, lo que implica que el heredero solo paga el 1 % del importe teórico resultante.
Para entenderlo mejor, veamos un ejemplo habitual.
Supuesto:
Heredero: hijo mayor de 21 años.
Herencia recibida: 500.000 €.
Cálculo simplificado:
Base imponible: 500.000 €
Reducción autonómica: –100.000 €
Base liquidable: 400.000 €
Aplicación de la tarifa del impuesto
Bonificación autonómica del 99 %
👉 Resultado realista: en la práctica, el importe final a pagar suele situarse en torno a unos cientos de euros, normalmente alrededor de 1.000 €, dependiendo del patrimonio preexistente y de las circunstancias personales del heredero.
Muy lejos de la idea generalizada de que heredar supone pagar decenas de miles de euros.
El principal problema en materia de herencias no es el importe del impuesto, sino cometer errores en su tramitación, como:
No presentar el Impuesto de Sucesiones.
Presentarlo fuera de plazo.
Valorar incorrectamente los bienes heredados.
Perder reducciones o bonificaciones por errores formales.
⚠️ No pagar no significa no declarar.
La Administración tributaria puede revisar la herencia posteriormente y exigir recargos y sanciones evitables.
En la Comunitat Valenciana, heredar no suele ser caro, pero sí es un procedimiento técnico que debe hacerse correctamente.
Gracias a la normativa autonómica vigente:
Hasta 100.000 € heredados no tributan para hijos, padres y cónyuges mayores de 21 años.
Las herencias superiores se benefician de una bonificación del 99 % en el Impuesto de Sucesiones.
La clave está en contar con asesoramiento profesional desde el inicio.
En Piñero Robledillo Abogados te ayudamos a tramitar herencias y el Impuesto de Sucesiones con seguridad jurídica, evitando errores que pueden resultar costosos a largo plazo.