El Tribunal Supremo modera el lucro cesante por desistimiento en arrendamiento de local de negocio

La STS 4569/2025 del Tribunal Supremo analiza el desistimiento arrendaticio en local de negocio y establece que, cuando el arrendador acepta la resolución contractual aunque sea tácitamente, la reclamación de todas las rentas pendientes no puede considerarse cumplimiento, sino indemnización. Por tanto, el lucro cesante debe moderarse en función del perjuicio real y del tiempo razonable para volver a alquilar el local.
Atribución de vivienda en custodia compartida

Atribución del uso de la vivienda familiar en custodia compartida: doctrina del Tribunal Supremo 2 de septiembre de 2025 En los procesos de divorcio o separación, uno de los puntos más conflictivos es la atribución del uso de la vivienda familiar. Esta cuestión se vuelve aún más compleja cuando existe una custodia compartida de hijos menores, ya que el artículo 96 del Código Civil no regula de manera expresa esta situación. En este post desde Piñero Robledillo Abogados analizamos el criterio consolidado por la Sala Primera del Tribunal Supremo, con especial referencia a la reciente STS 586/2025, de 21 de abril, que arroja luz sobre este asunto de gran relevancia práctica. 1. El problema jurídico: vacío legal en el artículo 96 CC El art. 96 CC regula la atribución de la vivienda familiar en supuestos de guarda exclusiva, pero no contempla expresamente qué ocurre cuando los progenitores ejercen una custodia compartida. Ante esta laguna legal, los tribunales acuden a la interpretación jurisprudencial, aplicando por analogía el párrafo cuarto del art. 96.1 CC: «la autoridad judicial resolverá lo procedente». De ahí que el Tribunal Supremo haya tenido que perfilar criterios claros para garantizar seguridad jurídica en estos conflictos. 2. Circunstancias del caso resuelto por el TS (STS 586/2025) La sentencia analizada aborda la situación de una vivienda adquirida en copropiedad por ambos cónyuges, con una hija menor nacida en 2016 en régimen de custodia compartida. Los progenitores tenían situaciones económicas similares, si bien la madre percibía ingresos más reducidos (600 € mensuales) respecto al padre (1.250 €). El préstamo hipotecario de 225 € era abonado al 50 % por ambos. Primera Instancia: atribuyó la vivienda a la madre hasta la independencia económica de los hijos. Audiencia Provincial de Valencia: limitó el uso de la vivienda hasta la mayoría de edad de la hija. Tribunal Supremo: corrigió esta decisión fijando un plazo máximo de 5 años. Doctrina jurisprudencial aplicable El Tribunal Supremo mantiene una doctrina pacífica y reiterada (STS 1710/2024, 1489/2024, 757/2024 y 586/2025, entre otras), basada en dos factores esenciales: Interés más necesitado de protección: se valora la situación económica y personal de los progenitores para evitar que se frustre el régimen de custodia compartida. Titularidad de la vivienda: se distingue si el inmueble es común o privativo, siempre con la obligación de fijar un plazo de uso limitado. En este sentido, el Supremo ha establecido distintos plazos de atribución según el caso: desde uno, dos o tres años, hasta que se produzca la liquidación del régimen económico matrimonial. Decisión del Tribunal Supremo en 2025 En la STS 586/2025, el Alto Tribunal concluyó que: La madre debía disfrutar del uso de la vivienda, por ser la parte más necesitada de protección. Sin embargo, el disfrute no podía prolongarse hasta la mayoría de edad de la hija, por resultar desproporcionado. El plazo fijado fue de 5 años desde la sentencia de apelación, tiempo suficiente para que la madre pudiera estabilizar su situación económica y buscar una alternativa habitacional. Conclusión: necesidad de reforma legal El caso pone de manifiesto la necesidad de reformar el art. 96 CC para regular expresamente los supuestos de custodia compartida. Hasta que se produzca dicha reforma, los jueces continuarán aplicando la doctrina del Tribunal Supremo, que persigue armonizar los intereses de ambos progenitores y garantizar el bienestar del menor. En resumen La atribución del uso de la vivienda familiar en custodia compartida depende de: La situación económica de los progenitores. La titularidad del inmueble. Un plazo limitado de uso, que no debe exceder lo razonable. Si te encuentras en un proceso de separación o divorcio con hijos menores en custodia compartida, en Piñero Robledillo Abogados podemos asesorarte para defender tus derechos y los de tus hijos conforme a la jurisprudencia más reciente. Contáctanos y analizaremos tu caso de manera personalizada. Etiquetas: Civil Derecho de Familia Menores Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho de familia Derecho fiscal Últimos posts edit post Atribución de vivienda en custodia compartida 2 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 ¿Quieres saber más sobre derecho civil? Informate aqui
El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero

El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 El Tribunal Supremo (STS 1053/2025, de 1 de julio de 2025) ha dictado una sentencia muy relevante en materia de desahucio en precario, aclarando qué ocurre cuando el ocupante de la vivienda es coheredero del inmueble. ¿Cuál era el caso? En primer lugar, una de las herederas interpuso demanda de desahucio en precario contra su coheredero, quien ocupaba en exclusiva la vivienda sin pagar renta ni merced y sin contar con el consentimiento del resto de herederos. Por su parte, el demandado alegó que, en calidad de coheredero, tenía derecho a usar la vivienda. Sin embargo, tanto los tribunales inferiores como, finalmente, el Tribunal Supremo, consideraron que su argumento no era válido. La decisión del Tribunal Supremo El Alto Tribunal confirma la doctrina ya consolidada sobre el precario en contextos hereditarios, señalando que: Ser coheredero no otorga derecho exclusivo a ocupar la vivienda. Mientras no se produzca la partición de la herencia, todos los herederos mantienen un derecho común sobre el bien. En consecuencia, ninguno puede atribuirse en solitario la posesión exclusiva del inmueble. Así, cuando un coheredero ocupa la vivienda en contra de la voluntad de los demás, se le considera precario. En este caso, al no acreditar título alguno que legitimara su posesión, el Supremo confirmó el desahucio en precario. ¿Qué implica esta sentencia? En definitiva, esta resolución del Tribunal Supremo tiene gran relevancia práctica en el ámbito de las herencias y copropiedad hereditaria: Reafirma que el coheredero ocupante puede ser desalojado si no cuenta con el consentimiento de los demás. Confirma que la acción de desahucio en precario es la vía adecuada para recuperar un inmueble indiviso ocupado unilateralmente. Refuerza la idea de que la copropiedad hereditaria no justifica el uso exclusivo sin acuerdo ni título. En Piñero Robledillo Abogados asesoramos en conflictos hereditarios y en procedimientos de desahucio en precario. Si eres heredero y otro coheredero ocupa en exclusiva la vivienda común, podemos ayudarte a defender tu derecho y recuperar la posesión. Etiquetas: Civil Herencias Desahucio Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Últimos posts edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 ¿Quieres saber más sobre derecho civil? Informate aqui
El Tribunal Supremo y los seguros de vida

El Tribunal Supremo protege a los beneficiarios en seguros de vida frente a cuestionarios de salud ambiguos 1 de septiembre de 2025 El Tribunal Supremo (STS 1061/2025, de 2 de julio de 2025) ha dictado una sentencia de gran trascendencia en materia de seguros de vida, reforzando la posición de los beneficiarios cuando las aseguradoras intentan denegar el pago de la indemnización. ¿Cuál era el caso? En primer lugar, un asegurado había suscrito un seguro de vida en el que designó como beneficiaria a una persona cercana. Sin embargo, tras su fallecimiento, la compañía se negó a abonar la indemnización alegando que el tomador no había declarado correctamente sus antecedentes médicos. Ante esta negativa, los beneficiarios interpusieron demanda reclamando la prestación, y el asunto acabó llegando al Tribunal Supremo. La decisión del Tribunal Supremo El Alto Tribunal recordó que el artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro establece lo siguiente: El asegurado únicamente está obligado a responder con veracidad a las preguntas que se le formulen en el cuestionario de salud. En consecuencia, si la aseguradora no plantea preguntas claras, concretas y exhaustivas, no puede después alegar ocultación para denegar la cobertura. En este caso, el cuestionario médico resultó ser incompleto y genérico, de modo que no cabe imputar mala fe al asegurado. Por ello, la aseguradora está obligada a cumplir con el pago de la indemnización pactada. ¿Qué implica esta sentencia en seguros de vida? En definitiva, esta resolución del Tribunal Supremo es fundamental porque: Refuerza la seguridad jurídica de los beneficiarios en los seguros de vida. Reitera que corresponde a la aseguradora redactar cuestionarios claros y precisos. Evita que las compañías puedan excusarse en ambigüedades o generalidades para eludir el pago de la prestación. En Piñero Robledillo Abogados defendemos los derechos de los beneficiarios de seguros de vida frente a las negativas injustificadas de las compañías. Si te han denegado el cobro de una póliza, podemos ayudarte a reclamar lo que legalmente te corresponde. Etiquetas: Penal Protección de datos Derecho a la intimidad Compartir: Buscar Categorias Derecho mercantil Derecho penal Derecho laboral Derecho civil Derecho fiscal Derecho administrativo Últimos posts edit post El Tribunal Supremo refuerza las garantías de los administradores en casos de responsabilidad tributaria 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo aclara el concepto de “precario” cuando el ocupante es coheredero 1 de septiembre de 2025 edit post El Tribunal Supremo refuerza la protección de las marcas frente a usos confusos 1 de septiembre de 2025 ¿Quieres saber más sobre derecho civil? Informate aqui