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¿Se puede desheredar a un hijo en España? Causas y requisitos

Desheredar a un hijo en España es posible, pero no basta con que exista una mala relación familiar ni con que el progenitor decida excluirlo de su testamento.

Los hijos son, con carácter general, herederos forzosos y tienen derecho a recibir la parte de la herencia que legalmente les corresponde: la legítima. Por este motivo, para privar a un hijo de esos derechos hereditarios debe existir una causa expresamente prevista en la ley y cumplir unos requisitos formales muy concretos.

Una desheredación incorrectamente formulada o basada en hechos que no puedan demostrarse puede ser impugnada judicialmente y quedar sin efecto.

Desheredar a un hijo en España solo es posible cuando existe una causa legal y se cumplen los requisitos exigidos por el Código Civil.

¿Qué significa desheredar a un hijo?

Desheredar consiste en privar a un heredero forzoso de su derecho a la legítima por haber incurrido en alguna de las causas establecidas legalmente.

No debe confundirse la desheredación con dejar a un hijo únicamente la legítima estricta.

Un progenitor puede favorecer a unos hijos frente a otros mediante el tercio de mejora y el tercio de libre disposición. Sin embargo, para privar completamente a un hijo de su legítima es necesario acudir a la desheredación y acreditar una causa legal.

El Código Civil establece que la desheredación solamente puede producirse por una causa expresamente prevista en la ley y que debe realizarse mediante testamento, indicando la causa concreta en la que se fundamenta.

¿Se puede desheredar a un hijo sin motivo?

No. En el derecho civil común español no existe libertad absoluta para excluir a un hijo de la herencia.

No son suficientes, por sí solos, motivos como los siguientes:

  • Tener una mala relación familiar.
  • Mantener discusiones frecuentes.
  • No estar de acuerdo con la pareja o el estilo de vida del hijo.
  • Sentirse decepcionado por su comportamiento.
  • No haber recibido visitas durante un determinado periodo.
  • Haber perdido el contacto familiar.

Para que la desheredación sea válida, los hechos deben poder encajar en alguna de las causas recogidas en el Código Civil.

Además, debe tenerse en cuenta que algunas comunidades autónomas cuentan con un derecho civil propio o foral. Por tanto, antes de redactar un testamento es imprescindible comprobar cuál es la vecindad civil del testador y qué legislación sucesoria resulta aplicable.

Causas para desheredar a un hijo en España

El artículo 853 del Código Civil recoge dos causas específicas para desheredar a hijos y descendientes:

  1. Haber negado alimentos al padre o ascendiente sin motivo legítimo.
  2. Haberlo maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

A estas causas se añaden determinados supuestos de indignidad para suceder contemplados en el artículo 756 del Código Civil.

1. Negar alimentos al padre o a la madre

Puede desheredarse al hijo que haya negado injustificadamente alimentos al progenitor que los necesitaba.

En este contexto, el concepto de alimentos no se limita a proporcionar comida. Comprende lo necesario para el sustento, la vivienda, el vestido y la asistencia médica, atendiendo a las circunstancias concretas del progenitor.

Para que esta causa pueda prosperar, debe acreditarse, entre otras cuestiones:

  • Que el progenitor necesitaba esa asistencia.
  • Que el hijo tenía capacidad para prestarla.
  • Que existió una negativa injustificada.
  • Que la negativa fue consciente y relevante.

Una dificultad económica real del hijo podría impedir que se considere injustificada la falta de ayuda.

2. Maltrato físico

El maltrato de obra constituye una causa legal de desheredación.

Dentro de esta causa pueden incluirse las agresiones físicas y otros comportamientos violentos dirigidos contra el padre o la madre.

No siempre es imprescindible que exista una condena penal previa, pero será necesario disponer de pruebas suficientes para demostrar los hechos si el hijo niega posteriormente la causa de desheredación.

3. Injurias graves de palabra

También puede desheredarse a un hijo cuando haya dirigido contra el progenitor injurias graves.

No cualquier discusión, expresión desagradable o conflicto puntual permite desheredar. Las expresiones deben alcanzar una gravedad suficiente, valorada según:

  • Su contenido.
  • La reiteración.
  • El contexto familiar.
  • La intención del hijo.
  • Las consecuencias sufridas por el progenitor.

Por tanto, una discusión aislada normalmente no será suficiente.

4. Maltrato psicológico

El Tribunal Supremo ha interpretado que el maltrato psicológico puede quedar comprendido dentro del concepto de maltrato de obra previsto en el artículo 853.2 del Código Civil.

Para ello, debe existir una conducta capaz de provocar un menoscabo o una lesión en la salud mental del progenitor. No basta con invocar genéricamente que el hijo no llamaba, no visitaba o mantenía una relación distante.

El Tribunal Supremo ha reconocido la desheredación en casos de maltrato psicológico reiterado, menosprecio y abandono familiar grave, cuando dichas conductas resultaban incompatibles con los deberes elementales de respeto derivados de la filiación.

¿La falta de relación permite desheredar a un hijo?

La falta de relación familiar no constituye, por sí sola, una causa autónoma de desheredación en el Código Civil.

No obstante, en algunos casos puede ser relevante cuando:

  • La ruptura de la relación es continuada.
  • Es imputable exclusivamente o principalmente al hijo.
  • No existe una causa que justifique el distanciamiento.
  • Ha provocado un daño psicológico real al progenitor.
  • Los hechos pueden acreditarse.

El Tribunal Supremo ha advertido que no puede identificarse automáticamente la falta de contacto con el maltrato psicológico.

En una sentencia divulgada en 2023, el Supremo dejó sin efecto la desheredación de una hija porque no se había probado ni el maltrato alegado ni que la ausencia de relación fuera imputable a ella. El tribunal señaló que la falta de contacto no permite presumir, sin más, la existencia de maltrato psicológico o abandono injustificado.

Por tanto, afirmar en el testamento que un hijo “no mantiene relación” con su progenitor puede resultar insuficiente.

Requisitos para desheredar legalmente a un hijo

Para que la desheredación sea válida deben cumplirse varios requisitos.

La desheredación debe incluirse en un testamento

No puede desheredarse mediante una conversación, una carta privada, un mensaje o un documento distinto del testamento.

La voluntad de desheredar debe constar expresamente en un testamento válido.

Debe identificarse al hijo desheredado

El testamento debe identificar correctamente a la persona afectada, evitando expresiones ambiguas que puedan generar dudas sobre la voluntad del testador.

Debe expresarse una causa legal concreta

No es suficiente indicar que el hijo ha tenido “un mal comportamiento” o que se le deshereda “por las causas previstas en el Código Civil”.

Debe indicarse la causa legal concreta y resulta muy recomendable describir los hechos que la fundamentan.

La doctrina registral también ha considerado insuficiente una cláusula que se limite a desheredar genéricamente “por las causas recogidas en el Código Civil”, sin mencionar la causa específica.

La causa debe ser verdadera

La causa indicada en el testamento debe haber sucedido realmente.

Cuando el hijo desheredado niega los hechos, corresponde a los herederos del testador demostrar que la causa era cierta. Así lo establece expresamente el artículo 850 del Código Civil.

La causa debe poder probarse

La prueba es uno de los elementos más importantes de cualquier desheredación.

Pueden resultar relevantes:

  • Sentencias o denuncias.
  • Informes médicos o psicológicos.
  • Mensajes, correos electrónicos o comunicaciones.
  • Requerimientos realizados al hijo.
  • Testigos.
  • Documentos que acrediten la necesidad de alimentos.
  • Pruebas de la negativa injustificada a prestar ayuda.
  • Informes de servicios sociales.
  • Actas notariales.

La prueba debe analizarse individualmente. No todo documento tendrá el mismo valor ni será suficiente por sí solo.

¿Quién debe demostrar la causa de desheredación?

Mientras el hijo desheredado no niegue la causa, la cláusula testamentaria despliega sus efectos.

Sin embargo, si el hijo impugna la desheredación y niega los hechos, la carga de demostrar que la causa existió corresponde a quienes resulten beneficiados por el testamento, normalmente los herederos instituidos.

Esto significa que no basta con que el testador dejara escrita su versión de los hechos. Los herederos deben contar con elementos probatorios suficientes para defender la desheredación ante un tribunal.

¿Qué ocurre si la desheredación no es válida?

La desheredación puede quedar sin efecto cuando:

  • No se expresa ninguna causa.
  • Se utiliza una causa no prevista legalmente.
  • La cláusula es genérica o imprecisa.
  • Los hechos no son ciertos.
  • Los herederos no consiguen demostrar la causa.
  • No se respetan las formalidades testamentarias.

En estos supuestos, la institución de heredero puede quedar anulada en la medida necesaria para proteger la legítima del hijo injustamente desheredado.

Esto no significa necesariamente que todo el testamento sea nulo. Los legados, mejoras y demás disposiciones pueden mantenerse siempre que no perjudiquen la legítima correspondiente al desheredado.

¿Puede un hijo impugnar la desheredación?

Sí. El hijo puede acudir a los tribunales para solicitar que se declare injusta o ineficaz la desheredación.

En este procedimiento podrá alegar, entre otras cuestiones:

  • Que la causa es falsa.
  • Que los hechos no tienen la gravedad necesaria.
  • Que la conducta no encaja en ninguna causa legal.
  • Que no fue responsable de la ruptura familiar.
  • Que existía una justificación para la falta de relación.
  • Que se produjo una reconciliación.
  • Que la cláusula testamentaria no cumple los requisitos legales.

Tras las reformas procesales introducidas en los últimos años, antes de presentar determinadas demandas civiles puede ser necesario intentar previamente un medio adecuado de solución de controversias. Por ello, conviene estudiar el procedimiento y los plazos aplicables desde el primer momento.

¿Qué sucede si el hijo desheredado tiene descendientes?

La desheredación de un hijo no implica necesariamente que sus propios hijos, es decir, los nietos del testador, pierdan la legítima.

El artículo 857 del Código Civil dispone que los hijos o descendientes del desheredado ocupan su lugar y conservan sus derechos como herederos forzosos respecto de la legítima.

Por ejemplo, si un padre deshereda válidamente a su hijo y este tiene dos hijos, los nietos podrían ocupar el lugar de su progenitor en relación con la legítima.

Este efecto debe tenerse en cuenta al planificar el reparto de la herencia.

¿Qué ocurre si existe reconciliación?

La reconciliación posterior entre el progenitor y el hijo puede impedir la desheredación o dejar sin efecto la que ya se hubiera incluido en el testamento.

El artículo 856 del Código Civil establece que la reconciliación priva al progenitor del derecho a desheredar y deja sin efecto la desheredación previamente realizada.

No obstante, puede resultar complejo determinar cuándo ha existido una verdadera reconciliación y cuándo se ha producido únicamente un contacto ocasional o una aproximación puntual.

Por ello, si las circunstancias familiares cambian, es recomendable revisar y actualizar el testamento.

Diferencia entre desheredación e indignidad para suceder

Aunque pueden producir efectos similares, son figuras distintas.

La desheredación:

  • Afecta a un heredero forzoso.
  • Debe incluirse en un testamento.
  • Debe expresar una causa legal.
  • Responde a la voluntad del testador.

La indignidad para suceder:

  • Opera por la comisión de determinadas conductas especialmente graves.
  • Puede afectar a diferentes sucesores.
  • No depende necesariamente de que el causante la haya declarado expresamente en su testamento.
  • Puede requerir un pronunciamiento judicial cuando exista controversia.

La elección de una u otra vía dependerá de los hechos y de la situación sucesoria concreta.

Cómo hacer correctamente una desheredación

Cuando una persona desea desheredar a un hijo, no debería limitarse a solicitar que el notario incluya una frase genérica en el testamento.

Es conveniente realizar previamente un análisis jurídico que permita:

  1. Determinar la ley sucesoria aplicable.
  2. Comprobar si existe una causa legal.
  3. Valorar la gravedad y continuidad de los hechos.
  4. Examinar las pruebas disponibles.
  5. Redactar adecuadamente la cláusula testamentaria.
  6. Prever una posible impugnación.
  7. Analizar los derechos de los nietos.
  8. Revisar el resto del reparto hereditario.

También puede ser aconsejable conservar de forma ordenada los documentos y comunicaciones que permitan acreditar la causa en el futuro.

Abogados especialistas en herencias y desheredaciones

La desheredación es una de las cuestiones más conflictivas del derecho sucesorio. Una cláusula mal redactada o basada en hechos difíciles de demostrar puede dar lugar a un procedimiento judicial entre los familiares y alterar completamente el reparto previsto por el testador.

En Piñero Robledillo Abogados estudiamos cada situación de forma individualizada, tanto para preparar un testamento y valorar una posible desheredación como para defender o impugnar una cláusula testamentaria después del fallecimiento.

Antes de adoptar una decisión, es fundamental comprobar que existe una causa legal, que puede acreditarse y que el testamento se encuentra correctamente redactado.

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Preguntas frecuentes sobre desheredar a un hijo

¿Puedo desheredar a mi hijo porque no me visita?

No necesariamente. La falta de visitas no es una causa autónoma de desheredación. Solo podría adquirir relevancia si forma parte de un abandono grave, injustificado e imputable al hijo que haya provocado un verdadero daño psicológico.

La ausencia de comunicación, por sí sola, normalmente no es suficiente. Deben estudiarse el origen del conflicto, su duración, la responsabilidad de cada parte y las consecuencias que haya generado.

No siempre. Una condena penal puede ser una prueba especialmente sólida, pero determinadas causas civiles de desheredación pueden acreditarse mediante otros medios probatorios.

Sí, cuando se trate de injurias graves de palabra. No obstante, una discusión aislada o expresiones de escasa entidad normalmente no serán suficientes.

Sí. El Tribunal Supremo admite que el maltrato psicológico grave puede encajar en el maltrato de obra del artículo 853.2 del Código Civil. Debe acreditarse la conducta y el daño causado.

Cuando el hijo niega la causa, corresponde a los herederos del testador demostrar que el maltrato u otros hechos alegados fueron ciertos.

No necesariamente. Los descendientes del hijo justamente desheredado pueden ocupar su lugar respecto de la legítima.

El testador puede otorgar un nuevo testamento. Además, una reconciliación posterior puede dejar sin efecto la desheredación.

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