Reforma de la LOPIVI: más protección para niños y adolescentes frente a la violencia
11 de mayo de 2026
El Consejo de Ministros ha aprobado este 5 de mayo de 2026 la ampliación de la Ley Orgánica 8/2021, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, conocida como LOPIVI. La reforma busca reforzar la protección de los menores en procedimientos judiciales y administrativos, especialmente cuando existen situaciones de violencia, conflicto familiar o riesgo para su bienestar.
Aunque el texto deberá continuar su tramitación, la reforma introduce cambios relevantes en materia de derecho de familia, protección de menores, violencia intrafamiliar y procedimientos judiciales con niños, niñas y adolescentes afectados.
¿Qué es la LOPIVI?
La LOPIVI es la norma que regula la protección integral de niños, niñas y adolescentes frente a cualquier forma de violencia. Su finalidad es garantizar su integridad física, psíquica, psicológica y moral, así como establecer medidas de prevención, detección, protección y reparación del daño.
Desde su aprobación en 2021, esta ley ha tenido una incidencia directa en ámbitos como la familia, la escuela, los servicios sociales, la justicia, el deporte, el ocio y los entornos digitales.
Principales novedades de la reforma de la LOPIVI
1. Derecho del menor a ser escuchado, con independencia de su edad
Una de las medidas más destacadas es que los niños y adolescentes deberán ser escuchados en cualquier procedimiento que les afecte, sin limitar este derecho a partir de los 12 años o a la existencia de “madurez suficiente”.
Esto puede tener una gran importancia en procedimientos de:
- Guarda y custodia.
- Régimen de visitas.
- Modificación de medidas.
- Violencia de género o violencia doméstica.
- Situaciones de desprotección.
- Procedimientos administrativos de protección de menores.
La clave no es que el menor decida, sino que su voz sea tenida en cuenta de forma adecuada, adaptada a su edad, circunstancias y grado de desarrollo.
2. Refuerzo del interés superior del menor
La reforma también exige que toda resolución judicial o administrativa explique expresamente cómo se ha valorado el interés superior del menor y por qué la decisión adoptada protege mejor su bienestar físico, emocional y psicológico.
Esto supone una mayor carga de motivación para juzgados, administraciones y operadores jurídicos. No bastará con mencionar de forma genérica el interés del menor, sino que deberá justificarse de manera concreta.
En la práctica, esta exigencia puede resultar especialmente relevante en procedimientos de familia donde se discutan medidas que afecten directamente a los hijos menores.
3. Prohibición del Síndrome de Alienación Parental
Otra novedad relevante es la prohibición expresa del llamado Síndrome de Alienación Parental, así como de cualquier reformulación o planteamiento sin aval científico. Según la información publicada, ningún informe público o privado basado en el SAP podrá utilizarse en procedimientos judiciales o administrativos, y las resoluciones que lo utilicen podrán ser impugnadas.
Esta medida puede tener especial incidencia en procesos de familia en los que un menor rechaza relacionarse con uno de sus progenitores. La reforma apunta a que, en estos casos, deberá investigarse la causa del rechazo, evitando explicaciones automáticas o estereotipadas.
4. Limitación de la custodia compartida en situaciones de riesgo
La ampliación de la LOPIVI prevé que no pueda establecerse custodia compartida cuando existan indicios de que esa medida puede afectar negativamente a la salud física, psíquica o emocional del menor.
Esto no significa que la custodia compartida deje de ser una opción válida en general. Significa que, cuando existan elementos de riesgo, violencia, conflictividad grave o afectación emocional para el menor, el juzgado deberá valorar con especial cautela si ese régimen protege realmente su interés.
5. Acceso a atención psicológica, social o jurídica con el consentimiento de un solo progenitor
La reforma también contempla que baste el consentimiento de uno solo de los progenitores para que el menor víctima de violencia pueda acceder a atención psicológica, social o jurídica.
Esta medida pretende evitar que el progenitor presuntamente agresor pueda bloquear la asistencia necesaria para la recuperación o protección del menor.
¿Qué impacto puede tener en procedimientos de familia?
La reforma puede afectar de forma directa a los procedimientos en los que se discutan medidas paternofiliales. Entre otros aspectos, puede influir en:
- La forma de practicar la exploración judicial del menor.
- La motivación de las sentencias sobre custodia y visitas.
- La valoración de informes periciales.
- La impugnación de resoluciones que utilicen teorías sin respaldo científico.
- La adopción de medidas urgentes de protección.
- La intervención de servicios sociales, equipos psicosociales y profesionales especializados.
Además, la reforma prevé la creación de turnos de oficio especializados en violencia contra la infancia y la adolescencia dentro de los Colegios de Abogacía, lo que refuerza la necesidad de especialización jurídica en esta materia.
¿Qué deben tener en cuenta las familias?
Ante una situación en la que un menor pueda estar sufriendo violencia, rechazo, presión emocional o un conflicto familiar grave, es fundamental actuar con rapidez y asesoramiento jurídico adecuado.
En estos casos, resulta importante:
- Documentar los hechos relevantes.
- Solicitar, cuando proceda, medidas de protección.
- Evitar instrumentalizar al menor en el conflicto.
- Valorar la intervención de profesionales especializados.
- Asegurar que la voz del menor sea escuchada de forma respetuosa y adaptada.
- Impugnar informes o resoluciones que no respeten el interés superior del menor.
Conclusión
La reforma de la LOPIVI refuerza una idea esencial: en cualquier procedimiento que afecte a niños, niñas o adolescentes, el centro de la decisión debe ser su bienestar real, no los intereses de los adultos.
En Piñero Robledillo Abogados contamos con experiencia en procedimientos de familia, custodia, visitas, violencia doméstica y protección de menores. Si necesitas asesoramiento sobre una situación que afecta a tus hijos o a un menor de tu entorno, podemos ayudarte a valorar las opciones legales más adecuadas.
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¿Por qué es importante consultar con un abogado antes de actuar?
Porque una consulta previa permite conocer tus derechos, valorar los riesgos y evitar decisiones que puedan perjudicar tu caso. En muchas ocasiones, actuar sin asesoramiento puede afectar a la reclamación, a la defensa o a los plazos disponibles.
¿Cuándo conviene acudir a un abogado?
Conviene acudir a un abogado desde el momento en que surge una duda legal, un conflicto, una reclamación, una notificación o cualquier situación que pueda tener consecuencias jurídicas. Actuar con rapidez permite preparar mejor la estrategia.
¿Qué documentación debo preparar para una primera consulta?
Es recomendable reunir todos los documentos relacionados con el asunto: contratos, facturas, comunicaciones, correos electrónicos, mensajes, notificaciones, fotografías, justificantes de pago o cualquier prueba que ayude a analizar el caso.
¿Existen plazos para reclamar o defender mis derechos?
Sí. Muchos asuntos tienen plazos legales para reclamar, contestar, recurrir o presentar una demanda. Por eso es importante revisar cada caso cuanto antes, ya que dejar pasar el tiempo puede limitar las opciones disponibles.
¿Se puede resolver el asunto sin llegar a juicio?
En muchos casos sí. Puede intentarse una solución extrajudicial mediante negociación, requerimiento previo, mediación o acuerdo entre las partes. Si no se alcanza una solución satisfactoria, se valorará la vía judicial.
¿Cada caso requiere una estrategia jurídica diferente?
Sí. Aunque dos asuntos puedan parecer similares, cada caso debe analizarse de forma individualizada. Los hechos, la documentación, los plazos, las pruebas y la posición de las partes pueden modificar la estrategia jurídica más adecuada.
¿Puedo consultar mi caso con Piñero Robledillo Abogados?
Sí. En Piñero Robledillo Abogados estudiamos cada asunto de forma personalizada para ofrecer una orientación jurídica clara, realista y adaptada a las circunstancias concretas de cada cliente.
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